Defensa del Consumidor informó los derechos de los pasajeros aéreos

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) difundió una circular que recuerda los derechos de los viajeros, con el objetivo de mejorar la protección de los pasajeros en vuelos nacionales o internacionales.

El Sernac recordó que hay que diferenciar entre los derechos incluidos en la Ley de Protección a los Derechos de los Consumidores y los establecidos en el Código Aeronáutico. 

Asimismo, abordó temas como las eventuales cláusulas abusivas en los contratos y la necesidad de mejorar la información proporcionada. 

Andrés Herrera, director del organismo, explicó que la circular busca ser “entendida por cualquier ciudadano, utilizando un lenguaje simple y entregando criterios jurídicos certeros para dotar de herramientas claras y potentes en la protección de los derechos de las personas consumidoras”. 

Entre los puntos principales, Sernac recomienda:

  • Información veraz y oportuna, con uso de elementos gráficos e iconografías. También incorporación de tablas de resúmenes que informen sobre los vuelos, horarios y tiempos, entre otros datos. 
  • Cesión o endoso de los pasajes nacionales: en vuelos dentro de Chile, las personas pueden ceder su pasaje para que otra persona realice el viaje. Este servicio no tiene costo asociado. 
  • Desistimiento o modificación del contrato por impedimento médico: si un pasajero no puede viajar enfermedad, se puede modificar la fecha del vuelo o anular la compra para pedir la devolución del dinero, si cumple con los requisitos del Código Aeronáutico. 
  • Pérdida, avería o destrucción de maletas: si la maleta de un pasajero resulta con daños o se pierde, la aerolínea debe compensar con un monto de 40 UF, independiente del número de maletas. 
  • Contratos libres de cláusulas abusivas: los consumidores tienen el derecho de no recibir cláusulas que sean abusivas. Un ejemplo es que las aerolíneas no pueden modificar unilateralmente las condiciones del contrato aceptadas por el pasajero. 
  • Tasas de embarque: se deberán devolver las tasas de embarque al pasajero que, por cualquier motivo, no aborde el avión para su vuelo. 
  • Derecho a retracto especial en vuelos nacionales: los pasajeros pueden dejar sin efecto la compra del boleto y obtener la restitución completa de lo pagado. 
  • Sobreventa de pasajes: existe una una tabla de compensaciones y otras obligaciones que debe cumplir la aerolínea ante sobreventa de pasajes. 
  • Retraso o cancelación de vuelos: el código incorpora el derecho a la indemnización y otras obligaciones complementarias.